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Aproximaciones a la problemática del desplazamiento forzado en Colombia
Janneth Karime Clavijo Padilla

Introducción

Este trabajo pretende esbozar de manera general, un panorama al respecto  de la situación de desplazamiento forzado, y su relación con los Derechos Humanos enmarcado en el caso colombiano; puntualmente en la guerra irregular interna en la que se encuentran involucrados como actores armados,  tanto grupos guerrilleros como paramilitares, narcotraficantes y el ejercito nacional; guerra que ha venido presentándose desde hace ya más de cuarenta años, y que ha alcanzado niveles insoportables de recrudecimiento siendo la sociedad civil la principal victima.

Para el desarrollo del texto, se plantean en primer lugar algunas cuestiones importantes a destacar del contexto colombiano reciente, y de la dinámica y desarrollo que ha tenido la guerra en el país en los últimos años, elementos  que nos permiten comprender mejor el escenario en el que surge la problemática del desplazamiento forzado, para posteriormente adentrarnos en una caracterización del  fenómeno, plantear algunas categorías establecidas dentro del mismo, así como relaciones por un lado con los Derechos Humanos, y el Derecho Internacional Humanitario,  y por otro lado con la respuestas planteadas por el Estado colombiano.

La metodología del trabajo esta basada en el análisis y exposición del tema desde un corpus documental que incluye principalmente artículos académicos, e informativos de organismos dedicados al estudio del fenómeno.

 

Contexto y características de la guerra irregular interna en Colombia

 

Se considera importante, señalar algunos elementos relacionados con un marco más amplio en el que se encuentra el país como parte de un sistema internacional y a su vez de Latinoamérica; en primer lugar  Colombia, al igual que la mayoría de los países de la región, se encuentra alineada con las etapas más recientes que ha traído consigo el desarrollo del  sistema capitalista, especialmente buscamos referirnos al modelo neoliberal, que fue vislumbrado ya desde los años setentas y que toma auge en lo noventas, con fuertes reformas estructurales en función de su implementación a nivel regional, lo que indudablemente ha repercutido en la precarización de las condiciones económicas, sociales, laborales, políticas,  ambientales, entre otras; situación que no solo ha marcado el aumento de la asimetría entre las regiones y países del mundo, (podríamos hablar de primer y tercer mundo), sino que también al interior de los Estados.

Ahora bien, entrando en el ámbito nacional y buscando tener en cuenta lo anteriormente mencionado, encontramos la existencia y permanencia de la guerra en Colombia, hecho que indudablemente, ha condicionado la vida de la comunidad y ha generado graves impactos políticos y sociodemográficos. De acuerdo a algunos organismos especializados en la temática, la situación de guerra tiene un proceso de confrontación cuyo origen se encuentra en la  violencia de los años 50 (vinculada con la guerra bipartidista), y se reproduce por una doble dinámica: en primer lugar,  la continuidad y la supervivencia de una serie de conflictos y desajustes sociales nunca resueltos, asociados con la tenencia de la tierra, la cuestión social, la exclusión política y el autoritarismo del régimen; y en segundo término la emergencia de nuevas formas de confrontación política extra institucional de carácter insurgente que se mantienen durante las últimas cuatro décadas. (CODHES; 2000: s/n).

En línea con lo anterior, encontramos que además de las características mencionadas, también han venido surgiendo nuevos actores más allá de los de carácter insurgente (los cuales vale al pena aclarar, son varios grupos con características propias, que a su vez se han ido reconfigurando hasta la actualidad), como los paramilitares de tipo contrainsurgente, así como los narcotraficantes y lo que se desprende de estos actores y sus vínculos con la guerra, lo cual ha incrementado la profunda crisis de Derechos Humanos que atraviesa el país y padece la población civil.

En éste apartado también se hace necesario realizar algunas aclaraciones conceptuales en cuanto a la denominación de la confrontación en Colombia, ya que para muchos autores y funcionarios del Estado, ésta no se constituye en una guerra irregular interna, sino en un conflicto armado; este trabajo se acercará más a la primera definición (guerra irregular), ya que se considera una construcción  categoríal necesaria para dar otro status a las condiciones alarmantes a las que se ve abocada la población en el marco de la crisis humanitaria.

La guerra irregular se encuentra basada en ciertas características  como las mencionadas por Vilma Liliana Franco en su texto “Guerra irregular: entre la política  y el imperio moral” entre ellas:

  • “la condición  asimétrica entre las partes que no da lugar a un desafió directo a la fuerza del oponente, sino que requiere de la aplicación de una fuerza indirecta sobre la base de estrategias irregulares para derrotar o neutralizar al otro.
  • Los ejércitos regulares dan paso a las unidades militares irregulares  que conllevan a la perdida de la relevancia del choque militar directo o batalla  y a la flexibilización de las tácticas.
  • El centro de la gravedad de las confrontaciones irregulares no son las fuerzas  militares sino la población civil, donde las reglas de distinción y proporcionalidad se vuelven problemáticas.
  • El involucramiento de civiles es parte esencial de la guerra irregular como soportes y como victimas, lo cual determina la erosión de la distinción civil/combatientes y combatientes / no combatientes.
  • La centralidad del control territorial como táctica de guerra a través de la homogenización poblacional, implica la utilización de métodos y medios valorados como ilícitos.
  • Se ha operado una extensión de la categoría de combatientes en la medida que es una guerra que involucra otras dimensiones en lo suyo no militares, basada en la coerción, el control y el consenso” (Franco;2001:33).

De acuerdo al marco desarrollado en este apartado, encontramos inmerso en él  al  desplazamiento forzado, como una de las resultantes más evidentes de la crisis humanitaria, retomaos aquí algunas de las ideas planteadas por Codhes, (CODHES;2000:s/n), para presentar puntos centrales en la problemática del desplazamiento forzado:
“quizá la de mayor gravedad, no sólo por la magnitud que reviste (…)sino por el tipo de rupturas sociales, políticas y culturales que genera; por los interrogantes profundos que plantea sobre el sentido histórico y futuro de la Nación colombiana y por la tendencia a la fragmentación social que con lleva (…)el desplazamiento involuntario de miles de hogares dentro del territorio nacional, produce múltiples impactos socioeconómicos y plantea complejos problemas en el propósito de construir escenarios de convivencia pacífica y justicia social (…)La naturaleza del desplazamiento forzado implica desafíos y esfuerzos complejos de la sociedad en las diferentes situaciones del conflicto armado, al igual que en los procesos de negociación y los eventuales escenarios de postconflicto armado. Demanda el desarrollo de procesos integrales, atención humanitaria, pero también exige soluciones sostenibles en el mediano y largo plazo que puedan enfrentar desde el mundo urbano y rural el impacto negativo acumulado de la violencia, la migración y el desarraigo”
 

 

Desplazamiento forzado, derechos humanos y respuestas estatales

De acuerdo a un informe de 2007 presentado por la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Colombia tiene más de tres millones de desplazados y es el segundo país, después de Sudan (con cerca de 6 millones), con mayor número de desplazados en el mundoLa Paz, (Medios para la paz; 2008: s/n)  los cuales a su vez hacen referencias a  documentos  oficiales y otros presentados por la ACNUR y Codhes:
En primer lugar, y de acuerdo con la ley 387 de 1997 (Legislación colombiana),”el desplazamiento forzado hace referencia a la acción llevada a cabo por personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida.”
Derivado de lo anterior de plantean tres grandes tipos de emigrantes, estableciendo estas categorías a partir de las causas del desplazamiento:
Emigrantes por desastres naturales, emigrantes por causas socio-económicas, emigrantes por razones políticas,  A su vez, dentro de los emigrantes por razones políticas encontramos: en primer lugar asilados, categoría que se refiere principalmente a perseguidos políticos, cuyo amparo es prestado por parte de un país extranjero. En segundo lugar, refugiados, término que alude a personas que han abandonado su país “debido a una agresión externa, ocupación, dominación extranjera o sucesos que alteran gravemente el orden público en una parte o en todo el país de origen o nacionalidad o, en otras palabras, porque sus vidas, su seguridad o su libertad están amenazados por una violencia generalizada, la agresión externa, los conflictos internos, la masiva violación de los derechos humanos u otras circunstancias que alteran gravemente el orden público" (Convención que trata los aspectos específicos del problema de los Refugiados en África, de la Organización para la Unidad Africana (1.969), y Declaración de Cartagena, de la OEA (1.984), en Medios para la paz, 2008:s/n)  y en tercer lugar desplazados (internos) definida como “toda persona que se ha visto obligada a emigrar, dentro del territorio nacional, abandonando su localidad de residencia o sus actividades económicas habituales, porque su vida, integridad física o libertad han sido vulneradas o se encuentran amenazadas, debido a la existencia de cualquiera de los siguientes situaciones causadas por el hombre: conflicto armado interno, disturbios o tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de Derechos Humanos u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público" (Definición de desplazado dada en la Reunión Técnica de la Consulta Permanente sobre Desplazamiento en las Américas, en Medios para la paz, 2008:s/n)

Centrándose en la última de las categorías mencionadas en el anterior párrafo, es decir desplazados internos, encontramos también dentro de ésta, y de acuerdo con la documentación citada, diferentes tipos a observar, en relación a los espacios donde el desplazamiento tiene lugar, entre ellos se menciona:
- El desplazamiento a nivel intrarregional, es decir movilidad dirigida a pueblos cercanos o aledaños, donde la concentración de población es mayor. Procurando ser menos vulnerable a los enfrentamientos o amenazas.
-Desplazamiento a nivel extraregional: que implicaría movilizarse hacia ciudades capitales de las provincias, trayendo consigo cambios más drásticos en todos los ámbitos y mayor desarraigo   
- Confinamiento en zonas rurales: “La población se reduce a campamentos para preservar sus vidas. Por lo general (…), los pobladores buscan protegerse incluso ante la imposibilidad de salir de la región” (Medios para la paz, 2008:s/n).

Por último, dentro de ésta categorización encontramos el desplazamiento masivo, que hace referencia a otro tipo de desplazamiento, pero a nivel colectivo, de acuerdo al decreto 2569 del 12 de diciembre de 2000 (legislación colombiana); se considera desplazamiento masivo cuando diez (10) o más familias, o, más de cincuenta (50) personas se desplazan en las mismas circunstancias de modo, tiempo y lugar.
 
 En relación a las cifras del desplazamiento en Colombia  encontramos que “Según el boletín informativo número 72 de la Consultoría para los derechos humanos y el desplazamiento (Codhes), del 30 de noviembre de 2007, por lo menos 133.664 personas fueron desplazadas en el primer semestre de 2007 en el territorio nacional. En promedio diario, informa Codhes, 743 personas debieron marcharse de su territorio de manera forzosa en los primeros seis meses del año 2007. Ese flujo migratorio afectó a 32 departamentos y a 579 municipios.  Así mismo durante el primer semestre de 2006 por los menos 112.099 personas, alrededor de 22.419 hogares, fueron víctimas de eventos de desplazamiento forzado que afectaron 463 municipios de 32 departamentos del país. Justamente, los departamentos en los que hubo desmovilización paramilitar, las regiones de operación del Plan Patriota, los municipios a los cuales regresó la guerrilla o en los que se registraron enfrentamientos entre facciones insurgentes y las zonas de fumigación aérea y erradicación manual de cultivos de uso ilícito, se convirtieron en los principales escenarios del desplazamiento forzado en el primer semestre de 2006. Fuente: Codhes. Septiembre 12 de 2006. A estas cifras se suman 5.301 personas que pasaron las fronteras con Ecuador Venezuela y Panamá durante el primer semestre de 2006 y solicitaron asilo en esos países aduciendo fundadas razones de persecución en inseguridad. Fuente: Codhes. Septiembre 12 de 2006(…)“ (Medios para la paz, 2008:s/n).

Más allá de las disquisiciones y ambivalencias que puedan presentar  las cifras  el desplazamiento forzado en Colombia se ha ido incrementando, no solo en la cantidad de personas que han tenido que padecerlo, sino a su vez en las regiones a nivel nacional que en las que se presenta, podemos ver que en todas los departamentos se ha vivenciado esta condición en los últimos doce años; entre los más afectados encontramos Choco, Quindío, Putumayo, Risaralda, Vaupés, Guainía, Atlántico, Amazonas, Guajira y Vichada. La mayoría de los desplazados se movilizan a las capitales de los departamentos, las cuales no cuentan con programas que provean la protección necesaria para la acogida, en términos de seguridad social,  lo que conlleva a aumentar las condiciones de pobreza, desigualdad y exclusión al interior de las urbes. Los diversos estudios realizados presentan en sus conclusiones que entre los más afectados por el Desplazamiento forzado son mujeres y niños, comunidades indígenas, afrocolombianas y campesinas, otra de las apreciaciones  importantes a tener en cuenta es que “cerca del 50% de las personas desplazadas son menores de 15 años. Esto conlleva a que las políticas públicas dirigidas a esta población incluyan una franja importante de atención y garantía al derecho a la educación. Así mismo, los adultos necesitan capacitación adecuada para los nuevos entornos y fuentes de empleo de las regiones receptoras (…) el desplazamiento forzado es un crimen de guerra. Está prohibido por el Protocolo II Complementario a los Convenios de Ginebra. (Medios para la paz; 2006: s/n)

En relación a lo anterior  y  de acuerdo a la  defensoría del Pueblo y la Red de Solidaridad Social “el desplazamiento forzado de población, que está prohibido expresamente en el artículo 17 del Protocolo II, es la consecuencia de: amenazas generalizadas, enfrentamientos armados, masacres, amenazas específicas,  Toma de poblaciones,  Ataques indiscriminados; de otro lado, hay que tener en cuenta que el control sobre el cultivo y la comercialización de la hoja de coca intensifican y propician fenómenos como el desplazamiento de población” (Medios para la paz, 2008:s/n).en este caso,  se pueden mencionar medidas relacionadas con la fumigaciones de cultivos ilícitos; que por sus efectos en la población, especialmente en materia de salud, han sido detonantes a su vez de desplazamientos forzados.

En línea directa con lo anterior, se plantea que claramente la situación de desplazamiento forzado presente en Colombia es una clara violación a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario, haciendo acá la distinción respeto a lo que atañe a cada uno, es decir de manera general los Derechos Humanos aluden a derechos inalienables e innatos de todo ser humano, mientras que el Derecho Internacional Humanitario se refiere a las normas para regular los conflictos bélicos ya sean nacionales o internacionales. En éste sentido se evidencia que en tal hecho de desplazamiento son violados derechos fundamentales, cuya labor de garantizarlos es responsabilidad del Estado colombiano, así, en  la búsqueda de reivindicaciones se mencionan: el derecho a la vida, a la libertad, al trabajo, derecho a la libertad de expresión, y en esa dirección el derecho también a la propiedad y a la paz.  

Ahora bien, respecto a las medidas adoptadas por el Estado colombiano en la materia, podemos mencionar el establecimiento de la Ley 387 de 1997, de la cual se derivó la creación del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, el Consejo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia y los Comités Municipales, Distritales y Departamentales, incluyendo también la formulación de un  Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia; así mismo encontramos la declaración de “Estado inconstitucional de cosas "  como otra de las figuras que alertan sobre la necesidad de atender , velar y defender los derechos de las personas en situación de desplazamiento. Se incluyen también “El Convenio para beneficiar a Población desplazada de Agosto 9 de 2005.Con el fin de atender la estabilidad y las garantías económicas y sociales de las personas en situación de desplazamiento, cuya metodología emplearía programas de capacitación que serán fortalecidos con un acompañamiento para el diseño y desarrollo de planes laborales / empresariales que permitan generar ingresos y mejorar las condiciones y calidad de vida de los beneficiarios. Para alcanzar los objetivos del convenio se contemplan programas en gestión empresarial (contabilidad, costos, mercadeo, gerencia), gestión administrativa, desarrollo humano, asociatividad y cursos técnicos en oficios calificados y semi-calificados. Los organismos firmantes del convenio son la Red de Solidaridad Social, el Servicio Nacional de Aprendizaje – Sena - y la Cooperative Housing Foundation – CHF- “ (programa Acción Social de la Presidencia de la República .en Medios para la paz, 2008:s/n).

A pesar de las medidas y normas mencionadas anteriormente, vemos que “la trascendencia en torno al desplazamiento forzado no es compatible con la ausencia de judicialización penal. El actual código penal creó categorías típicas de comportamientos punibles ligados a los delitos que atentan contra personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, y dentro de ellos, el desplazamiento forzado de población civil (Art. 159 del Código Penal). En este sentido, ACNUR señala que "pese a que en las políticas públicas se contempla un sinnúmero de acciones encaminadas a la reparación de los daños causados por la violación de los derechos de la población internamente desplazada, el componente de la reparación y los elementos que lo integran, no han sido aún considerados debidamente, a pesar de estar claramente expresados en el numeral 4 del Artículo 10 de la Ley 387 de 1997. En particular, no se ha avanzado en materia de investigación y sanción por el delito de desplazamiento forzado". Por esto, ACNUR ha pedido al Estado que revise mecanismos de protección como el Sistema de Alertas Tempranas, o la protección que reciben los líderes de la población desplazada que en ocasiones son perseguidos por los grupos armados incluso en los lugares a donde se desplazaron para buscar protección. Tras el accionar de los grupos armados la población sigue siendo obligada a desplazarse.” oficina del coordinador residente y Humanitario de las Naciones Unidas, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Programa Mundial de Alimentos (PMA), quienes hicieron un llamado sobre la gravedad de la situación humanitaria y de derechos humanos en el Medio Atrato chocoano. Estas organizaciones visitaron la zona en mayo de 2005.En Medios para la paz, 2008: s/n).

En conclusión podemos decir que “desde la perspectiva de los derechos humanos, la existencia de esta población, con características específicas de edad y género, cuestiona la responsabilidad y, por consiguiente, la legitimidad del Estado, constituido para garantizar el bienestar de sus asociados y plantea la obligación imperiosa de reparar esos derechos vulnerados, prevenir las causas que generan estas migraciones involuntarias y, en todo caso, proteger a estas víctimas del conflicto armado” (Codhes; 2000:s/n).

 

 

 

 

Bibliografía

  • CODHES“Esta guerra no es nuestra y la estamos perdiendo... “  Codhes  informa. Boletín de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento. Número 27 Bogotá, Colombia 26 de enero-2000. http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/bol5.html
  • CODHES Compilación Sobre Desplazamiento Forzado
    normas, doctrina y jurisprudencia nacional e internacional.  2000
  • CODHES, Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos OACNUDH y Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR. Bogotá. Boletín No.5 Septiembre - Diciembre 1999
  • CODHES “Derechos Humanos, conflicto armado y paz en Colombia”, Visión Panorámica. Fundación para la educación y el desarrollo – Fedes. Área Educación e Investigación. Fecha de publicación: Febrero 2000-Santafé de Bogotá. Colombia
  • Medios para la paz “Personas en situación de desplazamiento forzado”, medios para la paz, 2008,(on line) En: http://www.mediosparalapaz.org/index.php?idcategoria=44
  • Medios para la paz , Combatientes, víctimas y derechos humanos

Taller “Cubrimiento responsable del desplazamiento forzado”. Parte II: " Qué información puede hacerse para mostrar las noticias a la luz de los derechos humanos y el DIH ". Marzo 25 de 2006, Bogotá.
http://www.mediosparalapaz.org/index.php?idcategoria=2545

  • Vilma Liliana Franco en su texto “Guerra irregular: entre la política  y el imperio moral”En Revista Estudios  Políticos, Universidad de Antioquia 2001

 

         

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
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